20 mar 2008

CRÍMENES TRIPLE A - ACCIÓN DE REDUCCIÓN - LÍMITES DE LAS FRANQUICIAS

POR SIEMPRE Y PARA SIEMPRE

En la causa "Rovira, Miguel Angel", la Sala 1º de la Cámara Nacional Criminal y Correccional Federal sostuvo la validez de la acción que se le sigue al imputado por los crímenes cometidos en el marco de la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina) al declarar que dichos actos son de lesa humanidad y, por lo tanto, no prescriben. "ROVIRA, MIGUEL ÁNGEL" Ver texto completo del fallo @: infobiblio


LO QUE SE DA, SI SE QUITA

En la causa "Martino, Gabriela Cristina y otro c/ Braido, Ana Elena s/ acción de reducción", la sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó a la demandada devolver a las actoras el 80% del total de la donación recibida de su pareja. El tribunal entendió que fue un caso de "sustitución real de persona y no un supuesto de simulación", ya que el hombre donó los inmuebles y dejó sin el derecho de heredarlos a sus hijas. "MARTINO, GABRIELA CRISTINA Y OTRO C/ BRAIDO, ANA ELENA S/ ACCIÓN DE REDUCCIÓN" Ver texto completo del fallo @: infobiblio

LOS LIMITES DE LAS FRANQUICIAS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa "Obarrio Maria Pía c/Microómnibus Norte S.A y otros", sostuvo que "la franquicia prevista en el contrato de seguro celebrado entre la compañía de seguros y el asegurado es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación". "OBARRIO MARIA PIA C/ MICROÓMNIBUS NORTE S.A Y OTROS" Ver texto completo del fallo @: infobiblio


ADENTRO

En la causa "García Méndez, Emilio y otra", la Corte Suprema dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad que la Cámara de Casación Penal había decretado sobre del art. 1 de la Ley 22.278. De esta forma, el Tribunal frenó e impidió la liberación de los detenidos que tuvieran entre 14 y 16 años y se encontraran internados en centros de la Capital Federal. GARCÍA MÉNDEZ, EMILIO Y OTRA" Ver texto completo del fallo @: infobiblio

JUNTOS PERO NO REVUELTOS

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, disolvió la sociedad conyugal de los actores tras decretar el divorcio por casual objetiva según lo estipula el art. 214, inc. 2 aún cuando continuaban compartiendo la misma vivienda, pero no el lecho matrimonial. Los jueces sostuvieron que “la separación de hecho, en su aspecto material y objetivo, implica el quebrantamiento de la convivencia por el alejamiento físico producido entre los cónyuges, más allá de que permanezcan viviendo bajo el mismo techo, con incumplimiento total y absoluto de los deberes matrimoniales”. " P. C., J. L. Y OTRA" Ver texto completo del fallo @: infobiblio


SELECCIÓN DE FALLOS REALIZADA POR LA SECRETARÍA DE JURISPRUDENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
AUTO DE ELEVACIÓN A JUICIO

La Sala I de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal ratifica la constitucionalidad del art. 352 del Código Procesal Penal de la Nación que dispone la inapelabilidad del auto de elevación a juicio, pues las defensas que se opusieron en oportunidad del traslado podrán ser ampliamente debatidas en el desarrollo del juicio oral. Además, se trata de una inapelabilidad que obra en favor del imputado pues acelera el pronunciamiento definitivo, razón por la cual, se justifica en razones de celeridad y economía procesal. "FIORENZA, ALFREDO S/INCONSTITUCIONALIDAD" (CAUSA N°32.492) Ver texto completo del fallo

INTERNACIÓN PSIQUIÁTRICA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con cita de legislación y jurisprudencia nacional e internacional, se expidió sobre la necesidad de controlar periódicamente el estado de salud de los inimputables internados en instituciones psiquiátricas a efectos de evitar que la internación se prolongue indebidamente y en función de los derechos y garantías constitucionales que le asisten a esas personas. "R. M. J." Ver texto completo del fallo


PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

La Sala IV de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal se pronunció por mayoría en pos de la inaplicabilidad del plenario "Prinzo" dado que no es posible diferir el pronunciamiento definitivo sobre la extinción de la acción penal por la mera circunstancia de que el imputado registre una causa paralela abierta, haciendo prevalecer así indebidamente el interés de la sociedad en la aplicación de la ley penal por sobre el derecho del individuo a que cese en tiempo oportuno la persecución penal en su contra. "TOMASSO CÓRDOVA, JUAN S/PRESCRIPCIÓN" (CAUSA N°33.402) Ver texto completo del fallo

CONCURRENCIA DESLEAL

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal estableció que, en principio, podría configurarse el delito de concurrencia o competencia desleal (art. 159 del CP) cuando los imputados, integrantes de una empresa de la competencia y de una empresa de publicidad, propagaron por correo electrónico una información maliciosa y difamatoria sobre las supuestas propiedades nocivas y cancerígenas del agua mineral que vendía la empresa de la competencia (aquí querellante) con el objeto de infundir temor en los consumidores y así desviar la clientela hacia su propio producto. "PICCHI, PAOLO ANDREA Y OTROS S/CONCURRENCIA DESLEAL" (CAUSA N°32.989) Ver texto completo del fallo

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