26 abr 2008

PROBATION 3 AÑOS - SAN LUIS RETENCIONES MÓVILES - DERECHO A LA SALUD

PROBATION. Suspensión del juicio a prueba. Delito con pena en abstracto superior a los tres años. El criterio que limita el alcance del beneficio previsto en el art. 76 bis del Código Penal a los delitos que tienen prevista una pena de reclusión o prisión cuyo máximo no supere los tres años se funda en una exégesis irrazonable de la norma, toda vez que consagra una interpretación extensiva de la punibilidad que niega un derecho que la propia ley reconoce, otorgando una indebida preeminencia a sus dos primeros párrafos sobre el cuarto al que deja totalmente inoperante. Por ello y habiendo dictaminado el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. CSJN, 23/4/2008, Acosta, Alejandro Esteban

SAN LUIS CUESTIONA LAS RETENCIONES MÓVILES. El Gobierno de San Luis interpuso una demanda ante la Corte Suprema solicitando se declare la inconstitucionalidad de las retenciones móviles. En el escrito, se enfatizó en que la medida es “absurda” y que incentiva el “clientelismo” político. Los puntanos argumentan que el tributo afecta la coparticipación federal de impuestos y genera para la provincia una ilegítima e importante disminución de sus recursos.

DERECHO A LA SALUD Y A LA VIDA. Pretensión de obtener la cobertura integral de la patología Linfoma No Hodgkin (Cáncer) y asistencia médica consistente en Movilización, Criopreservación y Transplante Autólogo de Stem Cell Periféricas. Ley 24.754. Amparista asociado a una mutual. Similitudes con las entidades de medicina prepaga. ASOCIACIONES MUTUALES. Agentes del Seguro Nacional de Salud. Obligación de cumplir con las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (según artículo 2° de la Resolución N° 2584/2001 del INAES, de conformidad a los establecido en los artículos 16 y 17 de la Ley 23.661). AMPARO. PROCEDENCIA "C., C. c/ Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música s/ amparo" - CSJN - 01/04/2008

OBRAS SOCIALES. DERECHO A LA SALUD Planes cerrados. Reintegro de los gastos. Extensión de responsabilidad a ASOCIACIÓN MUTUAL por aplicación de la Ley 24754. Prestaciones e intervenciones incluidas en el programa médico obligatorio. Expte. N° 14.581/07 "U., J. O. y otro c/ O.S.A.L.A.R.A. y otros s/ cobro de pesos" - CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA - SALA III - 25/03/2008

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