13 ago 2008

11 AGO DIA JUD MALA PRAXIS - JUICIOS POR JURADOS CONSTITUCIONALES - PELEAS DE ALCOBA NO JUDICIABLES - SIN DISPOSICION TUTELAR DE MENORES

La mala praxis no tiene ni perdedores ni ganadores
Los juicios que se inician contra los médicos abundan en la Argentina como así también los litigios que terminan sin sentencia. La dificultad para comprobar el hecho en cuestión, el tiempo que tarda la investigación y los costos económicos de los estudios que debe afrontar la querella durante el proceso judicial, perjudica al sector sanitario, favorece la estigmatización del profesional y deja con un sabor amargo al damnificado. Sobre esta problemática, opinan abogados especializados.

SUPERIOR TRIBUNAL PROVINCIAL
Los juicios por jurados son constitucionales El Tribunal Superior de Córdoba rechazó un nuevo planteo contra los juicios por jurados, que funcionan desde 2005 en la provincia. En un fallo unánime, los jueces reafirmaron que la provincia tenía facultades legislativas para instaurar este sistema de juzgamiento y, entre otras cosas, descartaron que sean equiparables a una "comisión especial" que violaría el principio de juez natural. FALLO COMPLETO


PENAL Los chicos en primer lugar A través de un hábeas corpus colectivo presentado por la Fundación Sur, la Cámara Penal de Menores ratificó la “plena vigencia de la prohibición de privación de la libertad” de los menores no punibles y ordenó liberar a dos chicos institucionalizados por la Justicia. En diciembre, la Cámara de Casación había declarado inconstitucional el artículo 1 de la ley 22.278, que autoriza la “disposición tutelar” de los menores de 16 años involucrados en un delito. FALLO COMPLETO

CIVIL Las peleas de alcoba no son judiciables Un matrimonio pidió su divorcio y cada integrante culpó al otro de injurias graves ante el quiebre de la relación. Pero la Cámara Civil no acreditó los dichos de ambos y sostuvo que el juez “debe aplicar un particular rigor para tener por probada la causal” y que si no hay elementos que comprueben las denuncias “habrá que pronunciarse desechando la culpabilidad introducida”. FALLO COMPLETO

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